jueves, marzo 28, 2024

Tumba TEPJF asignación de pluris al Congreso; quedan fuera Alejandra Torres y Hugo Varela

GUANAJUATO, Gto.- La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tumbó de golpe y porrazo la asignación de las 14 diputaciones de representación proporcional (plurinominales) para la próxima Legislatura, que habían hecho el consejo del Instituto Estatal Electoral y que avaló el Tribunal Estatal, por haberla efectuado con un número erróneo de votos válidos y por no aplicar a cabalidad el principio de paridad de género.

Con esta resolución, el priista Hugo Varela Flores quedará sin diputación, pues ésta corresponde a una mujer, Luz María Ramírez Cabrera.

Al desahogar un juicio de revisión constitucional, el TEPJF ratificó además lo resuelto por el Tribunal Estatal Electoral en el sentido de que la asignación inicial hecha por el consejo del IEEG a Adán Velázquez Nava del PVEM, en realidad le corresponde a Graciela Luna Rocha, quien será diputada propietaria de la bancada de este partido.

El PVEM había impugnado esta resolución; es decir, había rechazado que esta diputación se asignara a una mujer y pretendía que la mantuviera un hombre.

Según la resolución emitida la noche de este miércoles, se evidenció que ni el consejo del IEEG ni el Tribunal Estatal tomaron en cuenta los votos de los candidatos independientes que compitieron en Celaya y Juventino Rosas, los cuales son válidos pues son reconocidos como resultado de la voluntad ciudadana. Son más de 15 mil votos que fueron sumados a la votación total emitida en los 22 distritos locales.

«De las copias certificadas de las actas de cómputo distrital de la elección para las diputaciones locales de representación proporcional de los veintidós distritos electorales generadas en el proceso electoral local 2017-2018, se advierte que en las relativas a los distritos electorales XVI, con cabecera en Celaya, y XVII, en Santa Cruz de Juventino Rosas, respectivamente[34], contendieron candidatos independientes, cuya votación no fue contemplada por el Consejo General para extraer el dato relativo a la votación válidamente emitida», dice textualmente la sentencia.

Este resultado modifica el cálculo para la repartición de las 14 diputaciones plurinominales, y la Sala consideró que, dados los pocos días que quedan para que la nueva Legislatura local entre en funciones, en uso de sus atribuciones debía efectuar el cálculo, aplicar las fórmulas de asignación y modificar la integración del próximo Congreso.

Pero la magistrada y los magistrados de la Sala Regional también resaltaron que la asignación no respetó la paridad de género y que además, indebidamente se avaló que la perredista Alejandra Torres Novoa quedara con una pluri, siendo que ella es suplente de la diputada electa por el Distrito I, Angélica Paola Yáñez, y debe seguir formando parte de esa fórmula.

Así, el pleno de la Sala Regional modificó la asignación y dejó fuera a  Torres Novoa -esposa del alcalde de Cortazar Hugo Estefanía- de la lista de pluris. El lugar será para Gerardo Alcántar Saucedo como diputado propietario y Gilberto Montalvo como suplente.

«De acuerdo con los datos arrojados, se advierte que la integración del Congreso local no se encuentra conformado de forma paritaria, de ahí que resulte necesario efectuar un ajuste para alcanzarla…Al observarse que para alcanzar la integración paritaria se requiere la modificación de dos fórmulas integradas por hombres», expusieron la y los magistrados, por lo que quitaron las diputaciones asignadas a un hombre del PRI y uno del PVEM y las reasignaron a mujeres de esos partidos.

Con esta modificación no sólo se validan todos los votos emitidos en la jornada electoral en los 22 distritos, sino que la integración del Congreso quedará con 18 mujeres y 18 hombres, expuso la Sala Regional en su sentencia, misma que concluye:

«Se ordena al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato que expida en favor de las personas señaladas las constancias de asignación correspondientes. Lo anterior, deberá ser cumplido dentro del término de veinticuatro horas, contadas a partir de que reciba la notificación de esta sentencia».

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