Guanajuato.- El Pleno del Congreso local aprobó reformas a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato en materia de remoción de la persona titular de la Fiscalía General estatal.
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Reformas constitucionales:
- Se disminuye de 9 a 7 años la duración en el cargo.
- Se establecen las causas para su destitución.
- Se precisa que la persona titular de la Fiscalía General del Estado podrá ser removida libremente por el gobernador del estado.
- Se indica que la remoción podrá ser objetada por el voto de la mayoría de las personas presentes del Congreso del Estado, dentro de un plazo de diez días hábiles, en cuyo caso la persona titular de la Fiscalía General del Estado será restituida en el ejercicio de sus funciones.
- Se subraya que el gobernador del estado podrá destituir a la persona titular de la fiscalía por las causas graves que establezca la ley.
- Se elimina la facultad del Congreso del Estado de decidir si objeta o no la destitución.
Es decir, antes se establecía que el gobernador debía acreditar la causa grave que motivó la remoción del Fiscal General e informar al Congreso del Estado, quien decidiría si objetaba o no la remoción, en términos del artículo 95 de la Constitución local.
Ahora, se precisa que el gobernador del estado deberá acreditar la causa grave que motivó la destitución de la persona titular de la Fiscalía General e informar al Congreso del Estado.
El diputado Juan Carlos Romero Hicks, indicó que la propuesta se basa en que la gobernatura pueda remover libremente a la persona que ejerce la titularidad de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato y que la temporalidad del cargo sea de 7 años.
Por su parte, el diputado Sergio Contreras indicó que la iniciativa busca fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas, permitiendo que la persona titular del Poder Ejecutivo tenga la facultad de remover al Fiscal General del Estado en casos justificados.
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