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sábado, enero 18, 2025

Catálogo de excusas para no entregar información pública

El derecho de acceso a la información pública se ha constituido como un verdadero derecho humano, que nos permite a los ciudadanos indagar en los archivos de quienes nos gobiernan; en la propaganda oficial se nos invita a hacer uso de esta herramienta e incluso, los órganos garantes como el INAI o como el IACIP presumen estar del lado del ciudadano que está interesado en ejercer este derecho.

La realidad no es tan sencilla; los sujetos obligados, que son las autoridades tanto estatales, federales y municipales que tienen la obligación de dar a conocer la información que tienen en sus archivos, son flexibles en dar a conocer información evidentemente pública y de contenido banal, por ejemplo: el presupuesto que ejercen, los servicios que prestan, los requisitos para acceder a ciertos beneficios, la normatividad que los regula, etcétera.

El problema de acceder a información pública se presenta, cuando existe interés en conocer temas polémicos, por decisiones tomadas en el gobierno; el contenido de ciertos contratos, el procedimiento para haber designado a ciertos servidores públicos en puestos clave, en donde aparentemente no tienen el perfil, padrones de beneficiarios, etc. son solo algunos ejemplos; es en estos casos, en donde el sujeto obligado muestra su verdadera vocación en transparencia, muchas veces ocultan la información hasta donde legal y humanamente sea posible, y en esa tarea han logrado generar prácticas claramente identificables, siendo algunas de ellas las siguientes:

  1. LA INFORMACIÓN SE ENCUENTRA EN AUDITORÍA.- Es muy común y una práctica realmente maliciosa que, al pretender obtener el contenido de ciertos procesos o ciertos expedientes, si la autoridad se ve en aprietos, le pide a su órgano interno de control -con el que generalmente está de acuerdo-, que le inicie la practica de una auditoría sobre ese proceso o expediente; balón de oxígeno puro porque la respuesta ante un solicitante será: no podemos entregar información que se encuentra actualmente en revisión o auditoría; criterio avalado con una total superficialidad por parte de los órganos garantes, me refiero al INAI y al IACIP; es cierto que las leyes en materia de transparencia establecen que la información se encuentra reservada, cuando está en curso una auditoría, pero la función del órgano garante es determinar si lo que está solicitando el ciudadano afecta ese procedimiento de auditoría y la realidad es que muchas veces no lo afecta, porque lo que se pide es un contrato, un oficio, un documento que no va a ser modificado por la auditoría, ese tipo de actos ya fueron generados y no hay ningún obstáculo para entregarlos, pero es común usar este artilugio para cerrar bajo llave y por varios meses la información sensible.
  2. NO PODEMOS GENERAR UN DOCUMENTO AD DOC.- Un clásico de quienes gustan ocultar la información, es argumentar que, lo que se les pide, no puede dar lugar a generar un documento realizado específicamente para contestar lo que se les pregunta, no están negando la información, simplemente están diciendo que no la tienen presentable en la forma en que la pide el solicitante, y por esa razón no la pueden entregar; esta excusa fue inventada por el INAI y ha sido replicada por los órganos garantes del resto del país; es cierto que en algunas ocasiones las solicitudes son tan especificas o detalladas, que efectivamente la autoridad no tiene la información organizada en la forma que la quiere el peticionario; pero la mayoría de las veces hay un abuso en eludir con la obligación de informar aduciendo este argumento, porque la realidad es que la información, sí la tienen las autoridades, pero bajo la ley del mínimo esfuerzo, no son capaces de darle un ligero formato para entregar la información, aunque sea aproximada a lo que requiere el peticionario.
  3. LA INFORMACIÓN YA LA TENEMOS PUBLICADA EN UN ENLACE DE INTERNET.- Si el sujeto obligado quiere presumir que es totalmente transparente, va a subir numerosa información a su página oficial y efectivamente, mucha información que el ciudadano requiere ya está publicada, pero está tan oculta en las páginas de internet que solamente los creadores de la misma saben dónde se encuentra, y una forma de desanimar al solicitante es decirle: aquí está el enlace de internet, sí se logra acceder, ahora el reto es detectar dónde buscar, por qué es tanta la información que, muchas veces no trae contenido de mayor relevancia, pero es una forma de desanimar al solicitante, porque es un mundo de información cuando el solicitante muy probablemente lo que requiere es información muy precisa.
  4. EL ENLACE DE INTERNET ESTÁ ROTO O ES MUY DIFÍCIL COPIAR Y PEGAR.- Otro vicio de la autoridad muy ligado al punto anterior, ocurre cuando el sujeto obligado le dice al solicitante: aquí está un enlace de internet compuesto de 100 caracteres entre letras, números y signos, y ahí encontrarás lo que buscas; el problema con ese tipo de respuesta es que ese enlace no está disponible para copiar y pegar en algún motor de búsqueda, porque la respuesta generalmente viene en un documento escaneado, luego entonces, la autoridad ya cumplió con responder que la información es pública y ahí está, pero el solicitante tiene que desarrollar una paciencia de estar transcribiendo letra por letra, signo por signo, número por número, todo el enlace de internet, para luego copiar y pegar, esta tarea no a todos los solicitantes les anima a seguir con la búsqueda, porque evidentemente requiere paciencia y es contraria a un principio del acceso a la información consistente en hacer cómoda la actividad para el ciudadano.
  5. LO QUE USTED ESTÁ PIDIENDO ES MATERIA DEL DERECHO DE PETICIÓN Y NO DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.- La frontera que divide el derecho de petición del derecho de acceso a la información, puede llegar a ser muy sutil y a veces confusa; eso da lugar, para que la autoridad que guste de ocultar información, argumente que lo que se le pide no es materia del derecho de acceso a la información y van a esgrimir uno que otro criterio también del INAI y de algún órgano garante estatal, en donde se desarrollan las diferencias entre una y otra institución, el problema también es el abuso que a veces se hace en denegar información bajo este argumento, lo anterior a pesar de que en la solicitud venga claramente establecido que lo que se pide es información contenida en expedientes o en los archivos de la autoridad, característica clave para diferenciar a una y otra institución.
  6. LA INFORMACIÓN QUE USTED NECESITA ES MUY VOLUMINOSA Y NO LA PODEMOS SUBIR AL SISTEMA.- La Plataforma Nacional de Transparencia, tiene un limitado espacio para poder subir información, generalmente es posible obtener el contenido de unos cuantos documentos digitalizados, pero no existe realmente una regla legal para establecer cuánta información es susceptible de subirse al sistema, el límite lo establece el propio sistema informático y aquí está otra vez la receta para que los sujetos obligados oculten la información; le van a decir al solicitante que la información que pide, es pública y está a su disposición, pero lamentablemente no hay forma de subirla al sistema, así que el solicitante tendrá que acudir en un horario y día preestablecido a consultar la información en las oficinas de la unidad de acceso, soslayándose por completo que hoy, los sistemas de almacenamiento de datos, poseen una capacidad cada vez mayor con herramientas como la nube, pero pareciera que esto no lo saben los sujetos obligados.
  7. LA INFORMACIÓN QUE USTED PIDE, PONE EN RIESGO LA SEGURIDAD PÚBLICA.- Si un sujeto obligado quiere hacer negocios fuera del escrutinio público, la solución es muy sencilla, hay que añadir al contrato, convenio o actividad gubernamental, alguna referencia a la seguridad pública; este mal ejemplo pareciera que lo creó el Presidente López Obrador, con las magnas obras que están reservadas, tales como la Refinería de Dos Bocas o el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, a los que atribuyó razones de Seguridad Pública para poner bajo llave toda la información; pero no fue el primero, en Guanajuato tenemos un ejemplo emblemático de fecha anterior, el Programa Escudo; si algún solicitante quiere información en la que exista la mínima sospecha de que se afecta la seguridad pública, esa es la receta secreta para ocultarle lo que necesita.
  8. LA INFORMACIÓN QUE USTED REQUIERE NO LA TENEMOS EN NUESTROS ARCHIVOS, -A PESAR DE QUE DEBERIAN TENERLA- El grado máximo de opacidad, se da cuando en la propia normatividad o en los documentos generados por el sujeto obligado existe la obligación de tener bajo resguardo cierta información; recientemente se tuvo que agotar la última instancia en materia de amparo en revisión administrativa, para lograr que el Instituto de Acceso a la Información Pública, revocara un criterio, en donde daba por válido el argumento de la Secretaría de Turismo para ocultar información que claramente debía tener en sus archivos; el argumento del IACIP era que la autoridad se conducía bajo un principio de “buena fe”, si en su respuesta manifestaba no tener la información que se le solicitaba, los ciudadanos teníamos que creerle, cuál si fuera dogma de fe, porque el sujeto obligado actuaba de buena fe; obviamente este criterio -que recientemente se dio a conocer a la opinión pública- dejó al descubierto que el IACIP no tiene una verdadera vocación de transparencia, y fue necesario que la Justicia Federal viniera a corregir ese tipo de abusos.
  9. LA INFORMACIÓN QUE USTED PIDE, ES NECESARIO QUE CUENTE CON LA AUTORIZACIÓN DEL SERVIDOR PÚBLICO TITULAR DE LA MISMA.- Cuando se es servidor público, hay que tener presente que se estará bajo un escrutinio, ese es el precio a pagar; pero debe tomarse en cuenta que acceder al servicio público es totalmente voluntario, nadie obliga a un ciudadano para que se vuelva burócrata; bajo este tenor, aspectos que pudieran parecer personales y privados necesariamente se vuelven materia de observación pública; en nuestro sistema tenemos criterios bastante opacos en donde se pide por ejemplo la declaración patrimonial, la declaración de intereses o la declaración fiscal en su versión pública, y el sujeto obligado claramente nos dice esa información no la puede proporcionar, porque no cuento con la autorización del titular de la misma; evidentemente la forma de controlar a muchos de nuestros políticos corruptos es a través del análisis de su evolución patrimonial, ¿de qué nos sirve la herramienta de transparencia, si está sujeta a que el servidor público tenga pleno control sobre este tipo de información.?
  10. EL NOMBRE DE LA PERSONA QUE USTED NOS PROPORCIONA NO LO TENEMOS REGISTRADO. – Con esta décima excusa, terminaré esta aportación, y seguramente en el futuro tendremos otro catálogo; me refiero a esta práctica común de los sujetos obligados. si en el planteamiento de la pregunta, viene algún error o una omisión por mínima que sea, la autoridad va a negar la existencia de la información, a pesar de que puede advertir claramente qué es lo que se le está pidiendo; esta es una forma cuadrada de actuar por parte de los sujetos obligados, y ejemplos tan burdos abundan, por ejemplo, si pido conocer la información de PEDRO PÉREZ PÁRAMO, y en los archivos del sujeto obligado esta persona está registrada como J. PEDRO PÉREZ PÁRAMO, es razón más que suficiente para negar la existencia de la información, a pesar de que el sujeto obligado sabe que en esa institución no existe ninguna otra persona con ese nombre y pueda advertir que, lo que se está pidiendo es precisamente conocer la información de J. PEDRO PÉREZ PÁRAMO.

Los retos que se nos vienen en materia de acceso a la información son enormes, aunado a la amenaza de que los organismos garantes desaparezcan -porque así existe una intención desde el Poder Ejecutivo Federal,- también tenemos la existencia de estos vicios que, son más comunes de lo que uno pudiera imaginar y que desgraciadamente tampoco están siendo corregidos en su totalidad por los órganos garantes tanto Federal como Estatal; sin embargo, no hay que desanimarnos, los obstáculos y excusas hay que verlos como retos, y claro que también hay antídotos para lograr superarlos, pero de ese tema, nos ocuparemos en otra entrega.

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