
La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato determinó que el jefe de Comunicación Social de SAPAL, Luis Arturo Hernández Olmos, omitió salvaguardar el derecho humano de una trabajadora a una vida libre de violencia, al ejercer acoso laboral y sexual en su contra.
De acuerdo con el expediente de queja 0648/2024, se comprobó que el funcionario intimidó, amedrentó y afectó emocionalmente a la denunciante mediante diversas conductas que vulneraron su integridad en el entorno laboral.
La Prodheg detalló que la víctima denunció que su jefe directo la acosó laboral y sexualmente, enviándole mensajes fuera de horario laboral con invitaciones a salir y comentarios sobre su cuerpo, antes incluso de asumir el cargo de jefe de Comunicación.
La trabajadora señaló que, ya como titular del área, Hernández Olmos la llevó a eventos que no formaban parte de sus funciones, y posteriormente comenzó a hablar mal de ella ante compañeros, asegurando que tendría el mismo destino que otra trabajadora que había sido despedida.
De acuerdo con la víctima, cuando presentó la queja por acoso sexual ante la Contraloría Interna de SAPAL, fue separada de su lugar de trabajo, le retiraron herramientas necesarias para su labor y su jefe le restringió la comunicación con otros compañeros, además de retrasar deliberadamente la autorización de materiales.
Ante la Prodheg, Hernández Olmos argumentó que las invitaciones que hizo a su subordinada eran parte de una relación de amistad y que sus comentarios se dieron “en tono de broma”, negando haber limitado su desempeño o comunicación laboral.
Sin embargo, la dependencia informó que cuenta con capturas de pantalla de mensajes en redes sociales y WhatsApp donde el jefe de Comunicación hizo comentarios sobre el cuerpo de la denunciante e insistió en invitarla a salir, además de siete testimonios de servidoras públicas que respaldaron las acusaciones.
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La Procuraduría emitió siete resolutivos de recomendación al director general de SAPAL, Enrique de Haro Maldonado, entre ellos que la Contraloría continúe con la investigación para determinar responsabilidades administrativas.
SAPAL deberá mantener la atención psicológica para la trabajadora, brindar apoyo psicosocial si es necesario y asegurar que la víctima no tenga contacto con su agresor, además de capacitar al funcionario señalado.
La institución también deberá implementar una campaña interna para prevenir, visibilizar y erradicar la violencia de género, promoviendo el respeto, la igualdad y la no discriminación, así como información clara sobre los mecanismos de denuncia y atención para mujeres trabajadoras.



