
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que todo menor de edad tiene derecho a conocer su identidad biológica, un derecho que no puede quedar sujeto a la voluntad de personas adultas ni aplazarse indefinidamente bajo el argumento de una supuesta protección.
La determinación del máximo tribunal se dio al resolver el amparo directo en revisión 4002/2023, bajo la ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, donde se analizó el alcance del derecho a conocer el origen biológico frente a la filiación jurídica.
Durante la discusión, la ministra ponente señaló que en cada caso la persona juzgadora debe definir la forma adecuada de garantizar este derecho, procurando la menor afectación emocional posible y adoptando medidas que favorezcan la salud mental del menor y la estabilidad familiar.

El juicio de amparo fue promovido por un hombre que buscó el reconocimiento legal de su paternidad biológica y la modificación de la filiación de un menor que, desde su nacimiento, había sido registrado y criado por la pareja de su madre.
En instancias previas, tribunales inferiores habían determinado que debía prevalecer la filiación jurídica, al considerar que informar al menor sobre su origen biológico podía esperar hasta antes de cumplir 18 años y quedar a discreción del padrastro.
La SCJN revocó esa resolución y ordenó emitir un nuevo fallo que garantice el derecho del adolescente a conocer su origen, establezca cómo debe comunicarse la información y contemple acciones para proteger su estabilidad emocional y familiar.
En un segundo asunto, al resolver el amparo directo en revisión 2991/2023, también bajo la ponencia de Ortiz Ahlf, la Corte revocó una sentencia que obligaba a comparecer nuevamente a un menor víctima de abuso sexual.
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El caso derivó de un juicio de divorcio en el que una madre y sus hijas denunciaron violencia familiar, incluida violencia sexual, lo que había derivado en la pérdida definitiva de la patria potestad del padre.
Posteriormente, un tribunal ordenó reponer el proceso para reevaluar la credibilidad de las menores, decisión que la Corte calificó como injustificada, contraria a la perspectiva de género y al interés superior de la niñez, al implicar un riesgo de revictimización.
La ministra Ortiz Ahlf advirtió que, aunque existen casos donde se requieren pruebas periciales, ordenar evaluaciones sin justificación constituye una forma de revictimización y vulnera los derechos de niñas, niños y adolescentes.



