INE prohíbe a Alito Moreno llamar ‘narcopartido’ a Morena

El INE prohibió a Alito Moreno utilizar expresiones como “narcopartido”, “narcogobierno”, “cártel de Morena” y otros términos similares para referirse al partido oficialista, al conceder medidas cautelares solicitadas por Morena por considerar que esas publicaciones podrían constituir expresiones calumniosas sin sustento comprobado.

La determinación fue tomada por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral durante una sesión extraordinaria, en la que analizó diversas publicaciones realizadas en redes sociales por el dirigente nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, y por las cuentas oficiales del partido.

Con esta resolución, el órgano electoral ordenó dejar de utilizar esas expresiones mientras continúa el análisis del procedimiento correspondiente, aunque el fondo del asunto aún deberá resolverse en etapas posteriores.

INE prohíbe a Alito usar varias expresiones

La resolución deriva de una queja presentada por Morena, partido que argumentó que las publicaciones difundidas en redes sociales le atribuían falsamente vínculos con el narcotráfico y la delincuencia organizada.

Entre las expresiones cuestionadas aparecen términos como “narcogobierno”, “narcopropagandista”, “narcopolíticos”, “narcodictadura”, “cártel de Morena” y “narcopartido”, utilizadas en distintas publicaciones del dirigente priista y del propio instituto político.

La Comisión de Quejas analizó el contenido de esos mensajes para determinar si existían elementos suficientes para ordenar medidas cautelares mientras continúa el procedimiento legal.

Morena denunció presuntas expresiones calumniosas

En su denuncia, Morena sostuvo que las publicaciones difundidas por Alejandro Moreno y por el PRI afectaban su imagen al relacionarlo con actividades ilícitas sin presentar pruebas que respaldaran esas afirmaciones.

El partido argumentó que dichas expresiones podrían constituir calumnia al atribuirle hechos relacionados con el crimen organizado y el narcotráfico sin sustento fáctico.

Por esa razón, solicitó la intervención del Instituto Nacional Electoral para detener la difusión de los mensajes mientras se analiza el caso.

Comisión ordenó retirar publicaciones

Al estudiar la solicitud, la Comisión de Quejas y Denuncias determinó que existían elementos para conceder las medidas cautelares respecto de cinco publicaciones realizadas desde las cuentas personales de Alejandro Moreno.

Asimismo, la resolución alcanzó cuatro publicaciones y republicaciones difundidas desde las cuentas oficiales del Partido Revolucionario Institucional.

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Los consejeros consideraron que el contenido denunciado podría implicar la imputación de hechos o delitos falsos en perjuicio de Morena, motivo por el cual ordenaron suspender su difusión.

Procedimiento continuará en el INE

La resolución emitida por la Comisión de Quejas corresponde únicamente a medidas cautelares, por lo que no representa una decisión definitiva sobre la existencia o no de una infracción electoral.

Será en las siguientes etapas del procedimiento cuando las autoridades electorales analicen el fondo del caso y determinen si las publicaciones violaron la normativa vigente.

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