La jueza Liliana Martínez Sandoval revocó la decisión de la Fiscalía General de Guanajuato de archivar la investigación de los hechos ocurridos el 10 de julio pasado, cuando policías de las Fuerzas de Seguridad Pública del Estado (FSPE) que detuvieron a 5 personas, entre ellas cuatro mujeres, cuando participaban en una manifestación de familiares de personas desaparecidas en la Glorieta Santa Fe de Guanajuato Capital.
Y por lo tanto, ordenó que se reactive la investigación para determinar si hubo abuso de autoridad por parte de dichos policías estatales, además de revisar la cadena de mando de esos hechos para determinar quiénes fueron los responsables de dichas detenciones.
Detienen elementos estatales a familiares de personas desaparecidas tras manifestación
“Se revoca la investigación para el efecto de que, de manera exhaustiva, se agote la línea de investigación que fue propuesta por las víctimas (el abuso de autoridad); que se vean las cadenas de mando, con el fin de determinar si existió un abuso de autoridad.
“Para ello deberá entrevistarse a los policías que participaron en el operativo. La autoridad podrá allegarse de los videos que se grabaron en la zona. Y si hubo algún acto de violencia en esta manifestación.
“Y una vez recabado todo lo anterior, la Fiscalía, si determina que existió un abuso de autoridad, podrá ejercer acción penal contra los responsables”. Se debe de analizar si los elementos del orden actuaron con exceso o no conforme a sus facultades. También ordenó verificar que se determine si las victimas tuvieron alguna afectación psicológica.
“En consecuencia queda sin efectos la decisión de archivar la investigación relativa a las cuatro mujeres víctimas”, resolvió la juez ayer en una audiencia judicial a distancia.
La manifestación no fue ilegal y fue pacífica
Argumentó: “Hasta ahorita no hay ningún elemento que me indique a mí que esa reunión de los manifestantes se haya realizado de forma violenta. Sino que fue para manifestarse de un derecho que ellas tienen incluso como víctimas, de desaparición de personas.
“Pero el objeto de esa manifestación es lícito considerando que ellas estaban reunidas para solicitar a la comisión de desaparición de personas el cambio de un comisionado. Ese objeto es lícito, no hay ningún indicio que se hayan lanzado amenazas”.
Destacó que el derecho a manifestarse está protegido por una convención internacional. “Incluso el manifestarse pública y pacíficamente es un derecho fundamental”. Por lo tanto, concluyó que la reunión era para solicitar un derecho legítimo.
“De ahí que no hay elementos para establecer que este derecho de reunión haya sido ilegal, en cuanto a que las víctimas no se hayan tornado agresivas o violentas, que es el único límite que establece la Constitución”, determinó la jueza.
Esta audiencia se realizó para resolver el recurso que interpuso el abogado Roberto Saucedo, representante de las víctimas, porque alegaron abuso de autoridad porque fueron víctimas de detenciones supuestamente arbitrarias por parte de los policías.
“Considero que en este caso en particular asiste a las víctimas y al asesor victimal en el sentido de que este agravio es operante. Pues el Ministerio Público tiene la obligación de realizar una investigación exhaustiva dirigida al esclarecimiento de los hechos, más cuando esa línea de investigación fue puesta en conocimiento del fiscal.
“Pusieron en conocimiento actos que consistían en posible abuso de autoridad, y por lo tanto debió haberse realizado la indagatoria al respecto para confirmar.
“Considero que con esa omisión se dejó en estado de indefensión a las víctimas, y lo asumo porque las víctimas tienen derecho a tener acceso a la justicia y eso es tener una investigación tendiente al esclarecimiento de los hechos
“En este caso se concretaron a recabar entrevistas a las víctimas. Esa omisión deja en estado de indefensión a las víctimas, porque no se realizaron actos tendientes a esclarecer la identidad de los partícipes de las cadenas de mando”.
También dijo que era necesario corroborar la declaración de las víctimas con estudios médicos. El video que aportaron las víctimas debió haber sido analizado para ver si estábamos en presencia de un abuso de autoridad.
“De tal manera que este agravio lo considero fundado y operante, para revocar la determinación del Ministerio Público”, con el fin de agotar todas las líneas de investigación.
La juez Liliana Martínez refirió el artículo 173 de la Ley de Movilidad, que va dirigido a proteger la seguridad de los manifestantes, no a reprimirlos, por lo tanto no hay fundamento en esta ley que se hubiera reprimido la manifestación.
Citó una ley en la que se establece que el uso de la fuerza debe ser proporcional a la resistencia de las personas.
Los argumentos de las partes
Durante los alegatos en la audiencia judicial, Roberto Saucedo Pimentel, abogado de las víctimas, se inconformó por el archivo de la carpeta de investigación que establece el no ejercicio de la acción penal contra Alvar Cabeza de Vaca ni contra cuatro elementos de las FSPE, sin establecer de manera clara por qué se tomó esta decisión.
No estuvo de acuerdo con lo dicho por el Ministerio Público de que no se estableció el dolo en su actuación.
Y señaló las razones de su inconformidad: La primera, afirmó que el Fiscal de este caso no llamó a declarar a ninguno de los imputados.
La segunda: falta de exhaustividad en la relatoría de los hechos, “pues parece que favorece a los elementos, pues no se investigó nada sobre la cadena de mando para desarticular la manifestación. También careció de falta de exhaustividad para conformar las pruebas”.
La tercera: Se integró una investigación por ataque a las vías de comunicación pero en un video que él tiene no se aprecia la obstrucción de la carretera.
La cuarta: Los policías estatales, aunque dijeron que los lesionaron, en sus declaraciones no refieren nunca a ninguna mujer que los haya lesionado, sino que fueron hombres. “¿entonces por qué detuvieron a mujeres?”, cuestionó.
Fiscalía dio tres versiones de los hechos
La quinta: Roberto Saucedo afirmó: ”La fiscalía ha dado tres versiones de los hechos: primero ataque a las vías de comunicación, luego lesiones a los policías y luego que quienes se manifestaron no avisaron de la manifestación con anticipación.
“En ninguno de los tres casos se justifica la detención. No se justifica el ataque porque es un derecho a la manifestación. No se desprenden lesiones y tercero, la falta de aviso a la autoridad no justifica la detención de las mujeres”.
Sobre el aviso, lo refiere la Ley de Movilidad, pero señaló que esta ley no está sobre la Constitución. “Cabe señalar que este aviso en ningún momento puede limitar el derecho a la libre manifestación”.
“Es decir, no existía ninguna razón para que la policía actuara como actúo. Por eso decimos que existen elementos para investigar y que los elementos se excedieron al detener a las cuatro mujeres. Ninguno de los 3 argumentos que dice el Fiscal justifican la detención”, sostuvo el abogado.
Insistió en que la carpeta de investigación carece de exhaustividad. Y que la detención fue arbitraria y excesiva por parte de los policías estatales.
No se investigó el actuar del Secretario de Seguridad Pública
No las detuvieron en la carretera
Tres de las mujeres que fueron detenidas por los policías de las FSPE ese 10 de julio, cuyos nombres no pueden publicarse por orden de la juez, presentes también en la audiencia judicial, coincidieron en que no fueron detenidas sobre la carretera, sino que estaban dentro de la glorieta Santa Fe.
Por lo tanto, no estaban obstruyendo las vías de comunicación. Y como consecuencia, no cometieron dicho delito que se les imputó al principio.
Una de ellas afirmó: “No fuimos detenidas durante la manifestación, sino cuando ésta ya había sido disuelta. Fuimos rodeadas por alrededor de 30 policías.
“La detención no se dio en las vías de comunicación, se dio cuando estábamos en la glorieta. El abuso de autoridad existe cuando una compañera salió corriendo y la detuvieron y se fracturó el pie. El abuso de autoridad existe cuando los elementos empezaron a golpear a mis compañeras con patadas”.
Juan Ramón Espinoza Arellano, agente del Ministerio Público, afirmó que los agravios esgrimidos por Roberto Saucedo son infundados. “De las pruebas recabadas no se desprende que los elementos de las Fuerzas hayan actuado fuera de sus facultades”, sostuvo.
Otra dijo que le pareció extraño que digan que obstruyeron las vías de comunicación, cuando las detuvieron en la glorieta Santa Fe, “sí fue arriba de la glorieta, no en la carretera”, sostuvo.
Una tercera coincidió con sus compañeras: “ Yo creo que está claro el abuso de autoridad, porque nosotros no estábamos debajo de la glorieta, sino arriba. Y fueron muchos policías los que nos detuvieron. A mí me rodea la policía y uno policía hombre se me acerca y con su rodilla me pega en la parte de atrás de mi rodilla. “Lo único que nosotros hicimos fue manifestarnos pacíficamente”, insistió.
Insistió en un artículo de la Ley de Movilidad establece que quieren se quieran manifestar deben avisar con 48 horas de anticipación.
Sobre el señalamiento del abogado de las víctimas de que no estuvo justificada la actuación de los policías estatales, el fiscal afirmó que no dice en qué consistió el exceso de la fuerza.
“Esta Fiscalía reconoce el derecho a la manifestación que tienen todos los ciudadanos”, manifestó, pero pidió que se confirme el no ejercicio de la acción penal contra el Secretario de Seguridad Pública estatal y los cuatro policías estatales.
“La manifestación paralizó a Guanajuato”
Sergio Salazar Guerrero, abogado defensor de Alvar Cabeza de Vaca y de los policías estatales, afirmó: “Con esa manifestación, que fue un caos, Guanajuato se paralizó. Los policías lo único que hicieron fue descongestionar o desbloquear lo que ilegalmente ellos estaban haciendo. Hubiera sido muy fácil que cerraran sólo un carril.
“Yo pienso que la actuación de los policías fue correcta, porque ellos sólo obedecieron órdenes”.
Sobre Alvar, dijo que se debería archivar la acusación contra él desde el principio, “porque él directamente no les dijo vayan y detengan a las señoras, para eso tiene subordinados, no directamente el señor Alvar Cabeza de Vaca. En la carpeta de investigación no está que Alvar Cabeza de Vaca dio directamente la orden”.
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