TEEG exonera a periodistas acusados de violencia política de género contra regidora de Morena

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El Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato resolvió que no existió violencia política de género en la publicación de una columna del portal News San Miguel en la que se cuestionó el desempeño público de la regidora morenista de San Miguel de Allende, Diana Carmín Lino Baena.

Al analizar el procedimiento especial sancionador TEEG-PES-02/2026, promovido por la propia edil, el pleno concluyó que el contenido denunciado forma parte del debate público y no contiene elementos que acrediten estereotipos o expresiones discriminatorias por razón de género. La resolución establece que las críticas vertidas se relacionan con temas de interés público vinculados a su función como servidora pública.

La queja fue presentada ante el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato en julio de 2025 contra los periodistas Ana Luz Solís Frías, Iván Joel Vázquez Huerta y Gabriela García por la columna titulada “Tenemos que hablar Miguel Arcángel”. En dicho texto se hacían señalamientos sobre la trayectoria política de la regidora, su residencia previa en León, así como referencias a presuntos vínculos familiares dentro de administraciones municipales.

La regidora argumentó que el artículo la colocaba en una posición subordinada frente a su esposo y minimizaba su carrera política, lo que, a su juicio, afectaba sus derechos político-electorales por el hecho de ser mujer. No obstante, el tribunal consideró que los señalamientos constituyen cuestionamientos políticos y no ataques basados en su género.

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En la sentencia, elaborada bajo la ponencia de la magistrada Yari Zapata López, se destacó que el ejercicio periodístico goza de una presunción de licitud y de una protección reforzada, especialmente cuando aborda asuntos relacionados con la gestión pública. También se recordó que las expresiones críticas, incluso severas o incómodas, forman parte del pluralismo democrático.

Tras la resolución, Ana Luz Solís sostuvo que el órgano electoral local ha destinado recursos a investigaciones contra periodistas en lugar de concentrarse en garantizar procesos electorales confiables. Señaló que este tipo de procedimientos pueden generar un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión y el trabajo informativo.

Con esta determinación, el tribunal cerró el caso al no acreditarse elementos suficientes para sancionar a los comunicadores por violencia política de género.

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