
El Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) determinó que Fredy Canchola incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género en contra de la alcaldesa de Silao, Melanie Murillo Chávez, por tres publicaciones realizadas en Facebook.
Durante la sesión pública de este jueves 20 de agosto, el Pleno del TEEG resolvió por unanimidad el procedimiento especial sancionador TEEG-PES-14/2026, iniciado luego de que la Fiscalía General del Estado de Guanajuato notificara a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato sobre una denuncia relacionada con una presidenta municipal.
El Tribunal concluyó que las expresiones utilizadas en tres publicaciones difundidas desde el perfil de Facebook “Alfredo Canchola” reprodujeron estereotipos de género y afectaron la imagen, autoridad y el derecho de la alcaldesa a ejercer su cargo.

Tendrá que ofrecer disculpa pública a Melanie Murillo
Como parte de las medidas de reparación del daño y de no repetición, el TEEG ordenó a Fredy Canchola ofrecer una disculpa pública de viva voz a la alcaldesa Melanie Murillo Chávez, mediante un video que deberá permanecer visible durante 21 días en el mismo perfil de Facebook.
Además, el responsable deberá abstenerse de reproducir expresiones estereotipadas o sexualizadas y acreditar capacitación encaminada a contribuir a la eliminación de la violencia contra las mujeres.
El Tribunal también impuso una amonestación pública y ordenó la inscripción de Canchola durante un año y seis meses en los Registros Estatal y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
La resolución fue aprobada por unanimidad por el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato.
También resuelven juicio de regidor de Dolores Hidalgo
En la misma sesión, el TEEG resolvió el juicio de la ciudadanía TEEG-JDC-12/2026, promovido por el regidor de Dolores Hidalgo C.I.N., Gabriel Mata González.
El edil argumentó que las respuestas recibidas a diversas solicitudes de información afectaban su derecho a ejercer el cargo, al considerar que le impedían desarrollar sus funciones de fiscalización y vigilancia.
Por unanimidad, el Tribunal determinó que no existieron obstáculos para que el regidor desempeñara sus funciones, debido a que la información no le fue negada y quedó a su disposición para ser consultada directamente.
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Sin embargo, para garantizar de manera más amplia su derecho de acceso a la información, el TEEG ordenó a las autoridades responsables entregarle una reproducción de la versión pública de la documentación solicitada.




